Te representamos para reclamar tus derechos ante:
En muchas ocasiones es necesario activar todos los mecanismos legales existentes, para conseguir el tácito cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el Contrato de Seguro; y es posible conseguir resoluciones óptimas de tus intereses por la vía administrativa, solo hace falta el conocer y aplicar bien todos dichos medios existentes a disposición del Consumidor.
Ante la negativa de las Entidades Aseguradoras a la asunción del siniestro, la falta de respuesta y/o desacuerdo con las resoluciones formuladas por sus representantes legales del Servicio de Atención al Cliente y/o Defensor del Cliente; se puede acudir y solicitar la intervención del Órgano de Control y Supervisor, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, para poner de manifiesto las irregularidades sobrevenidas.
El Consorcio compensa los daños producidos por los Riesgos Extraordinarios (fenómenos de la naturaleza y hechos de carácter político o social), a condición de tener suscrita con cualquier entidad aseguradora, una póliza en ramos de daños en los bienes, de vida y/o de accidentes.
También interviene en la indemnización por daños en accidentes de circulación:
- EN CASO DE ACCIDENTE (SEGURO CONTRATADO CON EL CONSORCIO).
- EN CASO DE ACCIDENTE CAUSADO POR UN VEHÍCULO SIN SEGURO.
- EN CASO DE ACCIDENTE CAUSADO POR UN VEHÍCULO DESCONOCIDO.
- EN CASO DE ACCIDENTE CAUSADO POR UN VEHÍCULO ROBADO.
- EN CASO DE SINIESTROS DE ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN POR EL CONSORCIO.
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- Consigue una solución satisfactoria ante la negativas de las Aseguradoras.
- Resuelve favorablemente tus indemnizaciones con el Consorcio de Compensación de Seguros.
- Y presenta correctamente tus reclamaciones ante los departamentos de atención al Cliente de las aseguradoras y/o Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.